2007/12/14

PA ININ LA TELI BRAS GIBLES

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De vez en cuando entras en una revista electrónica de CC.OO. que no es un panfleto sin más. Te parece que tiene cierta altura. Seleccionas algunos artículos y los imprimes para irlos leyendo cuando tienes tiempo o cuando ves que la montonera de papeles ya no cabe en la sufrida balda reservada a ese menester. Tiempo nunca hay, así que llegada la hora de aliviar el montón de folios, le toca a un artículo de Antonio Baylos Grau, Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de Castilla-La Mancha. Te suena su nombre como conferenciante y como escribidor habitual en medios varios.
El artículo lo habías seleccionado porque se titulaba “Continuidad de la producción del servicio y facultades empresariales en caso de huelga”. Aunque tienes leído mucho al respecto, quieres saber qué hay de nuevo. No deja de ser una revista de CC.OO. y no esperas que defienda el despido libre y gratuito ni que en ese artículo declare que las facultades empresariales son ilimitadas, pero tampoco esperabas esto:
Al conectarse la dinámica del derecho de huelga con la relación material de trabajo, se entabla inmediatamente una relación jurídica que se refiere a la persona del trabajador, y que le permite a éste expresar su voluntad de rechazo de la disciplina y control de la organización del trabajo a la vez que mantiene indemne su posición en este círculo organizativo, mientras que en paralelo para el sindicato el conflicto implica fundamentalmente la contradicción entre la organización capitalista del trabajo y la profesionalidad colectiva potencial de la clase trabajadora en su conjunto. En ambos casos, desde la vertiente individual y colectiva simultáneamente, la conexión entre la dinámica del derecho y el ámbito laboral donde éste se proyecta, asigna un especial relieve a la subjetividad que expresa el trabajo –individual y colectiva- como el lugar natural en donde se dirime el espacio de actuación del derecho y sus límites”.
Para aproximarte al núcleo de tan acorazado discurrir, ensayas una traducción al román paladino. Previamente intentas apartar toda la hojarasca de complementos y oraciones subordinadas para dar con los elementos clásicos de la oración: sujeto verbo y predicado. Quedaría así: Se entabla una relación jurídica. El conflicto implica la contradicción. La conexión asigna un relieve a la subjetividad. Bien. Esas serían las tres frases principales y únicamente encuentras un sentido a las dos primeras.
Intentas traducirlo a un lenguaje más comprensible. Sacudiendo el vestuario, dejado caer polvo y vieja pedrería, barruntas que el primer párrafo podría ser algo así: el trabajador puede hacer huelga y no se le puede hacer nada. Te sentiste incapaz de traducir los siguientes.
Si lo que pretendió el profesor era elevar el nivel de afiliados y simpatizantes de CC.OO., mal camino le auguras.
Como a Yahvé con Sodoma y Gomorra, salvarías de la quema al profesor Baylos Grau si uno solo logró entender lo que quiso decir.
Solo te queda compadecerte de sus pobres alumnos.

1 comentario:

Anónimo dijo...

PA ININ LA TELI BRAS GIBLES

Y tan ININTELIGIBLES que son esas PALABRAS.

Aunque parezca mentira... alguien lee lo que escribes.

Esto de internet tiene sus misterios... Todos parecen estar tan lejos y luego puede que esten tan cerca.