En relación con todo este lío del impuesto de actos jurídicos documentados en la constitución de hipotecas, tienes menos dudas que en otras cuestiones (contradiciendo en esto a Buridán).
- El desarrollo del reglamento fue nefasto. Casi siempre lo es cuando los tribunales acaban tumbando el reglamento o cuestionando si se ajusta a la ley. Entiende uno que los reglamentos tienen que desarrollar las leyes pero no ir en contra de ellas. También es cierto que la jurisprudencia constitucional tiende a ampliar las materias que son 'reserva de ley' es decir, aquellas que necesariamente tienen que estar previstas en una ley, no sirviendo un reglamento para ello, con lo que las leyes acaban arrinconando a los reglamentos. Sin embargo, no era este el caso. Aquí se trató de un reglamento que dio lugar a interpretaciones polémicas, así que muy mal. Fue bonito (para alguien) mientras duró, pero en definitiva, muy mal.
- Sobre el fondo del asunto, que es lo más importante (quién debe pagar el impuesto) no entras: es una cuestión de política legislativa o de política económica. Una sociedad (y su correlativo gobierno) con tendencia a la izquierda, aumentará los impuestos a la llamada oligarquía y a los grupos industriales y bancarios; una sociedad con tendencia a la derecha, se inclinará por un reparto más
igualitario de los impuestos (es decir, por paradójico que parezca: que paguen un diez por ciento los ricos y también un diez por ciento los pobres). Que es bueno a corto plazo para los menos pudientes es evidente; que es bueno para la economía general, no lo sabes. A lo mejor es malo a largo plazo para esas clases menos pudientes, si implica un retroceso económico y más paro, pero ahí te mueves en el campo de los deseos y de las sensaciones, no en el campo de la verdad científica o social, si en este campo pudieran equipararse.
- Sobre las sentencias contradictorias piensas que el Tribunal Supremo ofreció un espectáculo lamentable. Siempre se dijo que los Tribunales no opinaban, sino que se manifestaban a través de sentencias, autos y providencias, sobre todo de sentencias. Ocurre que esta sociedad mediática y de redes arrastra también al poder judicial, y por la boca murió el pez. Los tribunales están autorizados a cambiar de opinión, eso sí, cuando rompen una línea jurisprudencias están obligados a justificar muy mucho ese cambio.
- Sobre esta sentencia en concreto y el revuelo popular, no ves materia para pensar que haya trece magistrados honestos y quince corruptos. Por otra parte, siempre se dijo que un juez debería regirse por el principio "fiat ius et pereat mundus", es decir, hágase el derecho (o la justicia) y muera el mundo (si con la aplicación de una ley acabara el mundo), pero es humanamente entendible que les haya entrado un cierto temblor ante las consecuencias económicas de una sentencia contraria a la banca.
- Sobre la opinión del presidente del Gobierno (o del ciudadano Pedro Sánchez, habría que preguntar a la ministra portavoz en calidad de qué habló) de que los jueces deberían hacer autocrítica, mal por la falta de respeto que supone a la independencia del poder judicial.
- Sobre el decreto ley aprobado, que está perfectamente legitimado para hacerlo, salvando los posibles escrúpulos de si esa materia debiera aprobarse por ley y no por decreto-ley, hecho que tendrá su desarrollo político y judicial, pero crees que los tribunales acabarán avalando la opción política. Si es acertada o no, te remites al guión segundo de esta entrada.
- Sobre otro fondo del asunto, que actuar sobre el impuesto de actos jurídicos documentados es prácticamente neutro. El bocado que merece la pena está en el gravamen del impuesto de sociedades.