2013/02/06

ADQUISICIÓN DE LA NACIONALIDAD POR EL VENTANU

(Ventanu: ventana pequeña, en este caso la ventanilla)

Algunos días pasas un rato en un juzgado escarbando entre antiguos registros de nacimiento, matrimonio o defunción. Estás a lo tuyo pero es inevitable poner la oreja y levantar discretamente la mirada de esos papeles que algún actuario habrá escrito a finales del siglo XIX momentos después de que un paisano haya pedido permiso para entrar en el registro civil o en el juzgado de paz, se haya quitado la boina y haya dicho:

- Vengo a asentar un fíu.

Aquel españolito que vino al mundo nació directamente español.

Estás en esas cuando pica al ventanu un muchacho que se quier casar, o que pretende formalizar su situación de pareja de hecho o que necesita una partida de nacimiento, no sabe si literal o en extracto, le mandaron ir al registro, es un mandado, es para algo de una herencia. Otros acuden a hora prefijada porque estará finalizado el expediente de adquisición de la nacionalidad española que, dicho así, parece (porque lo es) mucho, más para el que llega que para que nació español sin que le preguntaran nada.

Te imaginas la adquisición de la nacionalidad como un acto solemne en el que el juez, con la negra y rigurosa toga y puesto en  pié, preguntara al aspirante a español si, de acuerdo con el artículo 23, a) del Código Civil, prometía o juraba fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las leyes.

Son requisitos comunes para la validez de la adquisición de la nacionalidad española por opción, carta de naturaleza o residencia:
a.      Que el mayor de catorce años y capaz para prestar una declaración por sí jure o prometa fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las leyes.

El nuevo español, hasta entonces peruano o ecuatoriano o boliviano, con la ropa de los domingos, habría puesto la palma de la mano sobre una Constitución abierta por el capítulo primero, que trata precisamente de la nacionalidad española, y habría jurado o prometido la obediencia y la fidelidad debidas y a continuación celebrarían una comida con la familia y los amigos.

Resulta que esa jura o promesa y esa obediencia a la Constitución y a las leyes se resumieron en una firma estampada en un impreso que el nuevo ciudadano entrega a través del ventanu, desde el que la funcionaria (con suma amabilidad, das fe) le dice:

-         Ahora no pierdas esi papel, que te hará falta pa más cosas.

La verdad es que el nuevo español tampoco esperaría mucha mayor prosopopeya. Por el ventanu no observaste que luciera corbata ni pajarita, ni que portara chaqueta de corte. Sería inútil que, levantándote de la silla, a través del ventanu intentaras comprobar si calzaba lustrosos zapatos o chanclas de andar por casa. No te equivocarías mucho si apostabas algo.

3 comentarios:

Anónimo dijo...

Siempre y sin acritud, tu puesto de trabajo te permite ir a todos estos sitios?
No dudo de tu profesionalidad,pero...

Luis Simón Albalá Álvarez dijo...

Cogí un día de permiso de los seis que se pueden coger en el año.

Anónimo dijo...

no des explicaciones Albalá, es mucho mas eficaz estirar el dedo corazón.