Avanza la instrucción judicial y vuelves al accidente ferroviario de Santiago porque se conoce el nombre de más imputados. Dedicaste al caso varias entradas, que no volviste a leer pero seguramente no quitarías nada.
Hay mucho ferroviario y mucho no ferroviario a quien parece una exageración imputar a algunos responsables de seguridad de ADIF. La visión tradicional ferroviaria ante un accidente es que con que pague uno vale ¿para qué buscar más culpables? Crees que influye también un sentido tradicional de la responsabilidad personal o individual, muy alejado de la actual tendencia a difuminarla en los demás o en el empedrado. Desde el punto de vista estricto del Derecho Penal no ves que sea un absoluto despropósito, por mucho que lo sientas.
Con el primero llamado a declarar tomaste un café en un viaje desde Madrid que dio lugar a una entrada de hace unos meses, aunque no mencionaste el caso por mantener la unidad de asunto (http://sipiluchi.blogspot.com.es/2013/05/gracias-sanchez-y-los-sanchez.html). Aprovechando la confianza, y sabedor de su fama de hombre estricto para la seguridad, preguntaste entonces por la leyenda urbana que circula por tu mundillo en relación con las condiciones de trabajo de los maquinistas de empresas externas, concretamente por ese dicho de que antes o después de su jornada sobre la máquina conducen vehículos de carretera que los traen o llevan al punto donde toman o dejan la locomotora, excediendo así los topes marcados por la legislación ferroviaria.
En principio la inspección ferroviaria vela por que se cumplan las jornadas y las condiciones en las vías, y serán otros organismos (Inspección de Trabajo, Fomento) quienes controlen esos otros aspectos.
Paradójica la imputación de un hombre así ¿por qué la imputación? a veces el ferroviario de a pie pone la letra pequeña del Reglamento General de Circulación por encima de todo, como si aquel fuera palabra de Dios, y en la inmensa mayoría de los casos así es. Sin embargo, no es la primera vez que recae una condena sobre un maquinista, por ejemplo en un arrollamiento, pese a cumplir estrictamente la letra, pero algún juez entiende que por encima existen los genéricos deberes de prudencia del Derecho Penal, muy difíciles de concretar en cada caso. En ningún curso de formación se manejan nociones de Derecho Penal.
Aquí está la clave de la imputación: no por falta de la pequeña vigilancia sobre la normativa existente, sino por no modificarla o al menos por no instar su modificación, por no mirar desde arriba, por no super-visar, por solamente in-speccionar (mirar hacia dentro).
Una de las consecuencias es que queda el listón de la seguridad muy alto ¿quien se arriesga a dejar de firmar lo que siempre se firmó? De la imputación se libró el compañero del encuentro anual, simplemente porque su demarcación geográfica es otra.
http://sipiluchi.blogspot.com.es/2013/06/encuentro-de-frailes-y-cocineros.html
También ahí se habló de seguridad y fluidez. Faltaba un mes para la desgracia. Las conversaciones habrían sido otras.
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
1 comentario:
¿quien se arriesga a dejar de firmar lo que siempre se firmó?...
Hombre Luis, por la misma regla de tres: ¿quién se arriesgará a conducir un tren, o subirse, o etc.?
Publicar un comentario