Mientras tomas la sidra del mediodía lees que la Sindicatura de Cuentas de Asturias cuestiona por exageradamente bajos los precios de algunos museos, más concretamente el MUJA, el Museo del Jurásico de Asturias. Dice la Sindicatura que las entradas no cubren el coste de los servicios y que en aplicación de la Ley de Tasas y Precios Públicos deben acreditarse las razones de interés público que lo justifiquen y que no vale con dedicar un párrafo apelando al interés general.
Precisa el informe: si bien en el caso del MUJA se justifica por la presencia en el museo de “la colección de huellas que es la más
destacada de Europa dentro de las alojadas en un museo”, se considera insuficiente
esta motivación genérica para justificar el sobrecoste de una actividad no obligatoria.
Teniendo en cuenta que el precio de la entrada es de 7,21, que por entradas se recaudaron 468.000 euros y que el coste total fue de 1.864.000 euros, realizando una proyección, habría que poner la entrada a 28 euros.
http://www.sindicastur.es/upload/informes/IDTasas-precios_p%C3%BAblicos177403.pdf página 28
Todo este te lleva a unas meditaciones:
- La función del órgano fiscalizador, que, en principio, realiza una labor puramente técnica.
- La burocracia de la Sindicatura, pero no solo de ella, sino de todos los organismos fiscalizados, que necesitan destripar datos y mostrarlos por colores para poder ser auditados.
- Qué reproche recae sobre los incumplidores. Como no quepa un reproche penal grave, temes que ninguno. El reproche político de unas recomendaciones vulneradas es nulo.
- ¿Si en vez de un párrafo, se dedican dos folios, se considera justificado el fin social o educativo?
- ¿Para qué se aprobó una Ley de Tasas que no se cumple?
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Hace 1 día