Lees que en aplicación de la doctrina de la pérdida
de la oportunidad, condenaron a Sanidad, es decir, a todos los que pagan
impuestos, por el desacierto de un médico que mandó una UVI normal y no una UVI
móvil en el caso que la noticia detalla, de la que sabemos únicamente la versión
de los vencedores.
Antes de opinar sobre materia tan sensible seguramente deberías
documentarte como mínimo sobre los antecedentes del caso concreto, que
desconoces; el número de ambulancias móviles disponibles en Asturias; los
protocolos de actuación antes los ictus, etc..
Si fueras el médico que con su acción/omisión desencadenó el
fatal desenlace vital y jurídico, ‘de aquí p’arriba’ solicitarías UVI móvil ante la más mínima duda y eso
que la condena no fue en la vía penal, sino en la contencioso-administrativa, seguramente
insatisfactoria para la familia, que apela al juicio inexorable de la
conciencia.
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